
Las Denominaciones de Origen (DO) como el tequila, el mezcal, el café Veracruz, o el arroz de Morelos, así como las Indicaciones Geográficas (IG) como la cajeta de Celaya o las sedas de Cajonos son figuras de propiedad intelectual que protegen productos vinculados a las regiones geográficas de las que son originarios debido entre otros motivos, a su calidad, características o reputación. Cuando un producto determinado cuenta con cualquiera de estas dos figuras de protección su valor en el mercado puede diferenciarse y tener ventajas competitivas con relación a otros productos similares pero que no son DO o IG.
Sin embargo, el uso de las DO e IG no es libre y requiere de una autorización expedida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)
La vigencia de la autorización es de diez años renovables por periodos de la misma duración, pero para obtenerla es necesario demostrar una serie de hechos y el cumplimiento de ciertos requisitos.
No se pierda de vista que el uso ilegal de una DO o de una IG será sancionado incluyendo los casos en que venga acompañada de expresiones tales como “género”, “tipo”, “manera”, “imitación”, “producido en”, “con fabricación en” u otras similares que creen confusión o impliquen competencia desleal.
Si usted es una persona o empresa que se dedica a la extracción, producción o elaboración de productos protegidos por una DO o de una IG y desea solicitar la autorización correspondiente, acérquese a Brautten donde podremos orientarlo y apoyarlo.
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