NFT, arte y propiedad intelectual

Al parecer, 2021 es el año en que está cobrando mayor relevancia el uso de Non Fungible Tokens (NFT) en el mercado del arte digital; sin embargo, es importante tomar en cuenta algunas consideraciones de propiedad intelectual que se relacionan con su uso.

Los NFT son certificados de propiedad de activos virtuales que sirven para acreditar que cierto archivo digital ha sido almacenado con tecnología blockchain, a través de criptografía inmutable. En otras palabras, son activos rastreables que en el ámbito digital pueden ser negociados como cualquier otro tipo de propiedad. Actualmente se han vendido en subastas NFT de obras de arte por montos millonarios.

Si bien es cierto que se trata de una forma de certificar el origen de obras de arte, y que su sistema conlleva notorias ventajas para sus usuarios (seguridad, control de ejemplares, trazabilidad y eliminación de intermediarios en la venta, entre otras), este sistema puede que no sea necesariamente idóneo para todo tipo de ventas de obras artísticas. Pensemos solamente en la industria de la música, la que a diferencia de la de artes plásticas está pensada para la venta masiva de copias digitales o físicas de un master original.

La generación de un NFT implica la puesta a disposición de una obra para su venta, por ello es importante tener en consideración quién o quienes pueden hacerlo, a fin de evitar implicaciones legales negativas. Por disposición de la ley, solo podría hacerlo el autor de la obra o quienes, en su caso, cuenten con su autorización, como podrían ser los titulares de derechos conexos, por ejemplo: editores, productores de fonogramas o productores de videogramas, por citar tan solo unos cuantos. Ellos podrían almacenar un NFT para su venta siempre y cuando cuenten con los instrumentos legales que así se los permitan, tales como contratos o licencias. No contar con estas herramientas al momento de generar un NFT podría traer como consecuencia la comisión de infracciones de propiedad intelectual por parte de quien no sea autor de la obra, por lo que se sugiere que antes de utilizar esta herramienta se cuente con la asesoría legal necesaria.

Con toda seguridad, este tema seguirá dando de qué hablar y será a través del transcurso del tiempo cuando se confirmen las bondades de los NFT, pero también se irá viendo hasta dónde se trata de un mercado de mera especulación, y también cuáles son la obras de arte que mejor se ajusten al sistema, recordando que el valor de una obra no necesariamente radica en su soporte material.

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